R E G L A M E N T O I N T E R N O Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR
- De las asistencias, atrasos y justificaciones.
a) Asistir regularmente a clases, ser puntual y cumplir con lo establecido por el
Plan y Programa del establecimiento para su curso.
b) Permanecer en el establecimiento durante toda la jornada escolar: 08:00 a
15:00 o 16:40 hrs, de acuerdo al horario de cada curso o de su respectivo Taller
extra programático.
c) Las inasistencias a clases deben ser justificadas personalmente por el
apoderado, en Inspectoría, al día siguiente; de lo contrario el alumno no podrá
reincorporarse a clases.
d) Los alumnos que por algún motivo de fuerza mayor deban retirarse durante la
jornada de clases deberán contar con la autorización de Inspectoría General o
Dirección solicitada expresamente por el apoderado, quien a su vez deberá firmar
el registro de salida.
e) El alumno que llegue atrasado, se someterá al siguiente procedimiento:
- 1er y 2do atraso se presenta en Inspectoría, en donde se dejará registrada
la situación. - Al 3er atraso el apoderado deberá justificar personalmente en Inspectoría
para tomar conocimiento que el alumno está cometiendo una falta leve.
Cada tres atrasos, los apoderados deberán justificar personalmente y tomar
conocimiento en inspectoría, de la reiteración de una falta leve. - Se aplicará suspensión de un estudiante a los nueve atrasos.
f) Los alumnos no podrán ingresar al establecimiento después de las 08:45 hrs..
Sólo se autorizará el ingreso con apoderado.
g) Los alumnos que lleguen al colegio durante la jornada de clases, es decir,
posterior a las 08:45 horas, que hayan asistido a una atención médica, judicial o
social, justificarán personalmente en Inspectoría las razones del atraso a través de
un certificado. Cualquier excepción será tomada por Dirección o Inspectoría
General y se dejará constancia del atraso en Documento Interno de atraso a fin de
resguardar que el alumno quede presente en la Jornada.